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Tomado del Taller para teatrista de Roberto Torres

       Organigrama Teatral

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   DIRECTOR TEATRAL O        DIRECTOR ARTÍSTICO

 

 

 

 

DIRECTIVA TEATRAL

 

 

 

PRESIDENTE

VISE-PRESID.

SECRETARIO

ADMINISTRADOR

DIRECTOR TÉCNICO

DIRECTOR PR0GRAMA 

DIRECTOR ACADÉMICO

 

 

 

PERSONAL TEATRAL

 

 

 

DIRECTOR TÉCNICO

DIRECTOR DE PROGRAMA

DIRECTOR ACADÉMICO

Luminotécnico

Publicista

Acomodador

Maquillista

Periódico

Apuntador

Escenográfo

Revista

Director de Escena

Tramoyista

Televisión

Actores y Actrices

Attrezzista

Internet

Utilero

Musicalizador

Cable T.V.

Portero

Coreógrafo

Radio

Taquillero

Costurera

 

Miembros de categoria

Figurinista

 

 

Sastre

 

 

 

 

 

                         

 QUEREMOS EXPRESAR QUE ESTE MODELO DE ORGANIGRAMA TEATRAL FUE REALIZADO BAJO LOS ESTATUTOS DEL GRUPO DE TEATRO CHANAJO, LO QUE HIZO QUE ESTA AGRUPACIÓN SE ESTUVIERA ACTIVA DURANTE 32 AÑOS

De la dirección y administración. Comité central

La dirección y administración del grupo estará a cargo del director artístico y de la directiva teatral, compuesta por un presidente, secretario de actas, secretario de correspondencias, director de programas, secretario social, secretario de finanzas, relaciones públicas y secretario ejecutivo. Los integrantes de la directiva teatral durarán en sus funciones por un período de seis meses.  Para la celebración de elecciones deberá contarse con la asistencia del 75% de los miembros con derecho a voto. El secretario y el presidente, en el libro de actas, darán fe de ello.  Las elecciones se organizarán eligiendo una persona para el cargo. No se aceptarán planchas colectivas.

 En las reuniones los miembros de la categoría C no tendrán derecho a voto, sí a voz, salvo que el grupo haya decidido otra cosa.

Todos los cargos de la directiva teatral serán desempeña dos honoríficamente. Cuando uno o varios de los miembros de la directiva teatral renuncien a sus funciones serán sustituidos en asamblea ordinaria con el quórum requerido para ser elegido (s).

 La asamblea ordinaria se refiere a las reuniones, ensayos, etc. Es extraordinaria la asamblea, en cambio, cuando es para la modificación de los estatutos, la designación del director artístico, las elecciones, etc.

 Deberá constar en acta el resultado de las votaciones individuales, los nombres de los elegidos y los cargos que desempeñarán cada uno de ellos.

 La directiva teatral se reunirá dos veces por mes, en día, hora y lugar previamente acordado.

 El secretario de correspondencias queda encargado de convocar a todas las reuniones. La convocatoria deberá estar firmada, además, por el presidente, el secretario de actas y el director artístico.

 La directiva teatral estará compuesta tal y como lo dispone el artículo 15 y podrá ser ampliado en comités de trabajo, según el área donde sea necesario. Así puede ser ampliado finanzas a comité de finanzas, el comité social, el comité artístico, etc., rindiendo un informe sobre sus actividades.

 El comité académico, así como los demás comités serán designados por el director artístico o por la directiva teatral. Las reuniones serán presididas por el director artístico o director Académico, en su ausencia por el presidente y como moderador fungirá el director de programas. En caso de que ambos funcionarios estén ausentes la presidirá el director de programas, en su ausencia el secretario de actas y como moderador el secretario de finanzas o Administrador.

 El moderador está facultado para poner multas $ a aquellos miembros que estorben el orden parlamentario. Lo comunicará al final de la reunión y hará una lista con todos los detalles para que figure en acta y que sea cobrado por la Secretaría de Finanzas.

 Todas las resoluciones dictadas únicamente por la directiva teatral serán dadas a conocer a la reunión de grupo para su aprobación o rechazo final.

 De todas las reuniones el secretario de actas deberá levantar acta y de aquellos asuntos no conocidos deberán figurar en la agenda siguiente y tratados como primer tema como asuntos pendientes. En caso de ausencia del secretario éste deberá hacerle llegar el libro de actas a su sustituto, que será el secretario de correspondencia. Las actas deberán ser firmadas por el presidente o su sustituto y por el secretario de actas.

 Serán funciones del secretario de correspondencias la redacción a computadora de escribir de las correspondencias del grupo, así como guardar  o  archivar las mismas.

 El director de programas es la persona encargada de coordinar los eventos del grupo, desde su planificación hasta su ejecución. El director de programas está en el deber de cumplir un programa mínimo de actividades durante el semestre que esté al frente de la dirección. Está a su cargo, además, el programa de toma de posesión de la directiva, actividades para recaudar fondos, la parte administrativa del montaje de una obra teatral y será coordinador del comité académico.

 El secretario de relaciones públicas es el encargado de promocionar las actividades que el grupo auspiciará. Puede extenderse a un comité de relaciones públicas.

 El secretario de finanzas o Administrador  tendrá la responsabilidad de mantener el libro de cuentas del grupo, sus ingresos y egresos. Su firma estará en la cuenta bancaria y no podrá hacer retiros por cuenta propia, sino autorizado por la directiva.

 El comité académico es el encargado de mejorar el nivel intelectual de los integrantes del grupo de teatro. También es el encargado de promover de categoría a los integrantes mediante las evaluaciones correspondientes. Para promover de categoría los exámenes serán confeccionados por el comité académico y el director artístico únicamente.

 Para promover de categoría se hará de la siguiente manera:

Del grupo C al grupo B

• Evaluación del trabajo escénico presentado en una obra teatral. Es obligatorio este requisito para optar por la categoría A.

• Examen teórico de teatro mediante folletos preparados al efecto.

• Dominio de los ejercicios básicos para la preparación del actor.

• Informe del secretario de actas de que está al día en el cumplimiento de las obligaciones dadas a su persona.

• Proponer el ingreso de una persona que integre la membresía del grupo.

• Examen sobre los estatutos. Este requisito es obligatorio para los que optan por la directiva.

Del grupo B al grupo A

• Evaluación sobre su trabajo como actor. Obligatoria.

• Examen teórico teatral.

• Examen sobre los estatutos.

• Informe del secretario sobre sus obligaciones.

 Los exámenes serán presentados en fecha anterior a la toma de posesión de cada directiva. Una vez obtenidas las calificaciones el comité académico actualizará la lista de los miembros del grupo de acuerdo a las nuevas categorías, que será el documento que servirá de base legal en la asamblea del grupo.

Cada categoría de miembro no podrá exceder de diez personas.

 

Del director artístico

 

 El director teatral es el encargado de coordinar todo el montaje de una obra teatral, desde su planificación hasta su realización. Sobre él descansa la base y objetivos del grupo. Será la cabeza del grupo. Podrá imponer sanciones durante el proceso de los ensayos y presentaciones. Presidirá las reuniones con el grupo y la directiva teatral. Velará por la calidad, disciplina y estabilidad del grupo.

 El grupo podrá decidir, según las circunstancias, por otro tipo de dirección, como por ejemplo, la colectiva.

 Entre las funciones de la directiva teatral se encuentran:

• Realizar una actividad pública mensual.

• Cumplir y hacer cumplir los estatutos.

• Desarrollar programas y actividades culturales.

• Representar interna y externamente al grupo.

• Fijar tos gastos en que incurrirá su período.

• No entregar el saldo de las finanzas por debajo del saldo en que la encontró.

• Autorizar a miembros a asistir a funciones especiales.

• Designar los comités que crean convenientes para el mejor desenvolvimiento del grupo.

• Producir resoluciones para cumplir lo establecido.

 

De la asamblea semestral

 En el acto de toma de posesión de cada directiva la saliente deberá rendir un informe detallado sobre las actividades realizadas durante su gestión y que por lo menos incluya:

• Programas realizados.

• Estado financiero.

• Nivel académico del grupo.

• Relaciones con otros grupos y con instituciones afines.

• Su proyección en la comunidad.

 

De los delegados

 La directiva teatral tiene la facultad para nombrar delegados cuando lo considere oportuno para representar al grupo en eventos locales y en otras ciudades.

 

Consejo de disciplina

 El consejo de disciplina estará compuesto por la directiva teatral en pleno y el director artístico. Todo miembro podrá someter a otro al consejo de disciplina cuando considere que ha violado reglas del grupo.

 El procedimiento será el siguiente:

Será conocido en presencia de la mayoría de los miembros del grupo, previamente convocados para tal fin. Será presidida en el mismo orden que establecen los presentes estatutos. Todos los miembros tendrán derecho a voz.

Si el integrante acusado es miembro de la directiva no podrá estar en la misma durante el proceso. En la reunión se designará a su sucesor, que fungirá únicamente para las deliberaciones. En caso de que quedare separado de sus funciones por decisión del consejo, se procederá a la designación del mismo.

Debe figurar en acta la decisión tomada y los alcances de la misma.

El consejo de disciplina podrá ser ampliado de acuerdo a la gravedad del caso a los demás miembros del grupo. El grupo de teatro CHANAJO en pleno es el máximo organismo.

Las sanciones afectarán la posibilidad de optar para los exámenes de promoción de categoría.

 

 

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Última actualización: 13 de diciembre de 2018.