|
DIRECTOR TEATRAL O DIRECTOR ARTÍSTICO |
|
|
|
|
DIRECTIVA TEATRAL |
|
|
|
PRESIDENTE |
VISE-PRESID. |
SECRETARIO |
ADMINISTRADOR |
DIRECTOR TÉCNICO |
DIRECTOR
PR0GRAMA |
DIRECTOR
ACADÉMICO |
|
|
|
PERSONAL
TEATRAL |
|
|
|
DIRECTOR TÉCNICO |
DIRECTOR DE PROGRAMA |
DIRECTOR
ACADÉMICO |
Luminotécnico |
Publicista |
Acomodador |
Maquillista |
Periódico |
Apuntador |
Escenográfo |
Revista |
Director de
Escena |
Tramoyista |
Televisión |
Actores y
Actrices |
Attrezzista |
Internet |
Utilero |
Musicalizador |
Cable T.V. |
Portero |
Coreógrafo |
Radio |
Taquillero |
Costurera |
|
Miembros de categoria |
Figurinista |
|
|
Sastre |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
QUEREMOS EXPRESAR QUE ESTE MODELO DE
ORGANIGRAMA TEATRAL FUE REALIZADO BAJO LOS ESTATUTOS DEL GRUPO DE TEATRO
CHANAJO, LO QUE HIZO QUE ESTA AGRUPACIÓN SE ESTUVIERA ACTIVA DURANTE 32
AÑOS
De la dirección y
administración. Comité central
La dirección y
administración del grupo estará a cargo del director artístico y de la
directiva teatral, compuesta por un presidente, secretario de actas,
secretario de correspondencias, director de programas, secretario
social, secretario de finanzas, relaciones públicas y secretario
ejecutivo. Los integrantes de la directiva teatral durarán en sus
funciones por un período de seis meses. Para la celebración de
elecciones deberá contarse con la asistencia del 75% de los miembros con
derecho a voto. El secretario y el presidente, en el libro de actas,
darán fe de ello. Las elecciones se organizarán eligiendo una persona
para el cargo. No se aceptarán planchas colectivas.
En las reuniones los miembros de la categoría C no tendrán
derecho a voto, sí a voz, salvo que el grupo haya decidido otra cosa.
Todos los cargos de la directiva teatral serán desempeña dos
honoríficamente. Cuando uno o varios de los miembros de la directiva
teatral renuncien a sus funciones serán sustituidos en asamblea
ordinaria con el quórum requerido para ser elegido (s).
La asamblea ordinaria se refiere a las reuniones, ensayos,
etc. Es extraordinaria la asamblea, en cambio, cuando es para la
modificación de los estatutos, la designación del director artístico,
las elecciones, etc.
Deberá constar en acta el resultado de las votaciones
individuales, los nombres de los elegidos y los cargos que desempeñarán
cada uno de ellos.
La directiva teatral se reunirá dos veces por mes, en día,
hora y lugar previamente acordado.
El secretario de
correspondencias
queda encargado de convocar a todas las reuniones. La convocatoria
deberá estar firmada, además, por el presidente, el secretario de actas
y el director artístico.
La directiva
teatral estará compuesta tal y como lo dispone el artículo 15 y
podrá ser ampliado en comités de trabajo, según el área donde sea
necesario. Así puede ser ampliado finanzas a comité de finanzas, el
comité social, el comité artístico, etc., rindiendo un informe sobre sus
actividades.
El comité académico,
así como los demás comités serán designados por el director artístico o
por la directiva teatral. Las reuniones serán presididas por el director
artístico o director Académico, en su ausencia por el presidente y como
moderador fungirá el director de programas. En caso de que ambos
funcionarios estén ausentes la presidirá el director de programas, en su
ausencia el secretario de actas y como moderador el secretario de
finanzas o Administrador.
El moderador
está facultado para poner multas $ a aquellos miembros que estorben el
orden parlamentario. Lo comunicará al final de la reunión y hará una
lista con todos los detalles para que figure en acta y que sea cobrado
por la Secretaría de Finanzas.
Todas las resoluciones
dictadas únicamente por la directiva teatral serán dadas a conocer a la
reunión de grupo para su aprobación o rechazo final.
De todas las reuniones
el secretario de actas deberá levantar acta y de aquellos asuntos
no conocidos deberán figurar en la agenda siguiente y tratados como
primer tema como asuntos pendientes. En caso de ausencia del secretario
éste deberá hacerle llegar el libro de actas a su sustituto, que será el
secretario de correspondencia. Las actas deberán ser firmadas por el
presidente o su sustituto y por el secretario de actas.
Serán funciones del
secretario de correspondencias la redacción a computadora de
escribir de las correspondencias del grupo, así como guardar o
archivar las mismas.
El director de
programas es la persona encargada de coordinar los eventos del
grupo, desde su planificación hasta su ejecución. El director de
programas está en el deber de cumplir un programa mínimo de actividades
durante el semestre que esté al frente de la dirección. Está a su cargo,
además, el programa de toma de posesión de la directiva, actividades
para recaudar fondos, la parte administrativa del montaje de una obra
teatral y será coordinador del comité académico.
El secretario de
relaciones públicas es el encargado de promocionar las actividades
que el grupo auspiciará. Puede extenderse a un comité de relaciones
públicas.
El secretario de
finanzas o Administrador tendrá la responsabilidad de mantener el
libro de cuentas del grupo, sus ingresos y egresos. Su firma estará en
la cuenta bancaria y no podrá hacer retiros por cuenta propia, sino
autorizado por la directiva.
El comité académico
es el encargado de mejorar el nivel intelectual de los integrantes del
grupo de teatro. También es el encargado de promover de categoría a los
integrantes mediante las evaluaciones correspondientes. Para promover de
categoría los exámenes serán confeccionados por el comité académico y el
director artístico únicamente.
Para promover de categoría se hará de la siguiente manera:
Del grupo C al grupo B
• Evaluación del trabajo escénico presentado en una obra
teatral. Es obligatorio este requisito para optar por la categoría A.
• Examen teórico de teatro mediante folletos preparados al
efecto.
• Dominio de los ejercicios básicos para la preparación del
actor.
• Informe del secretario de actas de que está al día en el
cumplimiento de las obligaciones dadas a su persona.
• Proponer el ingreso de una persona que integre la membresía
del grupo.
• Examen sobre los estatutos. Este requisito es obligatorio
para los que optan por la directiva.
Del grupo B al grupo A
• Evaluación sobre su trabajo como actor. Obligatoria.
• Examen teórico teatral.
• Examen sobre los estatutos.
• Informe del secretario sobre sus obligaciones.
Los exámenes serán
presentados en fecha anterior a la toma de posesión de cada directiva.
Una vez obtenidas las calificaciones el comité académico actualizará la
lista de los miembros del grupo de acuerdo a las nuevas categorías, que
será el documento que servirá de base legal en la asamblea del grupo.
Cada categoría de
miembro no podrá exceder de diez personas.
Del director artístico
El director teatral
es el encargado de coordinar todo el montaje de una obra teatral, desde
su planificación hasta su realización. Sobre él descansa la base y
objetivos del grupo. Será la cabeza del grupo. Podrá imponer sanciones
durante el proceso de los ensayos y presentaciones. Presidirá las
reuniones con el grupo y la directiva teatral. Velará por la calidad,
disciplina y estabilidad del grupo.
El grupo podrá decidir, según las circunstancias, por otro
tipo de dirección, como por ejemplo, la colectiva.
Entre las funciones de la directiva teatral se encuentran:
• Realizar una actividad pública mensual.
• Cumplir y hacer cumplir los estatutos.
• Desarrollar programas y actividades culturales.
• Representar interna y externamente al grupo.
• Fijar tos gastos en que incurrirá su período.
• No entregar el saldo de las finanzas por debajo del saldo
en que la encontró.
• Autorizar a miembros a asistir a funciones especiales.
• Designar los comités que crean convenientes para el mejor
desenvolvimiento del grupo.
• Producir resoluciones para cumplir lo establecido.
De la asamblea
semestral
En el acto de toma de posesión de cada directiva la saliente
deberá rendir un informe detallado sobre las actividades realizadas
durante su gestión y que por lo menos incluya:
• Programas realizados.
• Estado financiero.
• Nivel académico del grupo.
• Relaciones con otros grupos y con instituciones afines.
• Su proyección en la comunidad.
De los delegados
La directiva teatral tiene la facultad para nombrar
delegados cuando lo considere oportuno para representar al grupo en
eventos locales y en otras ciudades.
Consejo de disciplina
El consejo de disciplina estará compuesto por la directiva
teatral en pleno y el director artístico. Todo miembro podrá someter a
otro al consejo de disciplina cuando considere que ha violado reglas del
grupo.
El procedimiento será el siguiente:
Será conocido en presencia de la mayoría de los miembros del
grupo, previamente convocados para tal fin. Será presidida en el mismo
orden que establecen los presentes estatutos. Todos los miembros tendrán
derecho a voz.
Si el integrante
acusado es miembro de la directiva no podrá estar en la misma durante el
proceso. En la reunión se designará a su sucesor, que fungirá únicamente
para las deliberaciones. En caso de que quedare separado de sus
funciones por decisión del consejo, se procederá a la designación del
mismo.
Debe figurar en acta la decisión tomada y los alcances de la
misma.
El consejo de disciplina podrá ser ampliado de acuerdo a la
gravedad del caso a los demás miembros del grupo. El grupo de teatro
CHANAJO en pleno es el máximo organismo.
Las sanciones afectarán la posibilidad de optar para los
exámenes de promoción de categoría.
|